A partir del mes de agosto queda
prohibida la pesca de estas especies acuáticas y se reanuda hasta el próximo mes
de noviembre
Durante
los meses de agosto, septiembre y octubre, las especies de langostino y chacal
(Macrobrachium americanus) y (Macrobrachium tenellum) llevan a cabo el desove
intensivo y reproducción biológica, razón por la cual se estableció una ley en
nuestro país en la que se dispone una veda para garantizar la reproducción de
estas especies.
La
ley entra en vigor el 1 de agosto hasta el 31 de octubre de 2016, en aguas
continentales del Océano Pacífico mexicano.
Quienes
violen esta disposición se harán acreedores a las sanciones que para el caso
señala la Ley Federal de Pesca y Acuacultura Sustentable, además de otras disposiciones
legales aplicables.
De
acuerdo con los comerciantes de chacal en la Costa Sur del estado de Jalisco,
este producto se ha vuelto más escaso año con año. Denuncian también que parte
de esta escases viene derivada de que muchos chacaleros realizan la captura de
esta especie de forma irregular, con productos que dañan el agua, además de la
misma contaminación que ya existe en muchos ríos.
La
captura de chacales se realiza con ayuda de trampas que se colocan en los cursos
de las corrientes de los ríos y arroyos y son comercializados frescos enteros
en mercados locales, regionales y nacionales.
La
prohibición que indica no capturar ni comercializar langostino y chacal durante los tres meses en
que se reproducen, data de 1990 y es aplicable cada año durante agosto,
septiembre y octubre.
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